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¿QUÉ ES LA TARIFA SOCIAL?

Es un beneficio especial en la tarifa de energía eléctrica en su componente de abastecimiento. A partir de enero de 2019, dicho beneficio económico fue asumido por el Gobierno Provincial.

1. ¿Quiénes acceden a la Tarifa Social?

• Ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia que perciba una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
• Ser trabajador “monotributista” inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
• Ser beneficiario de una Pensión no Contributivas y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
• Ser titular de programas sociales.
• Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
• Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844).
• Estar percibiendo el seguro de desempleo.
• Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
• Contar con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
• Tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.

2. ¿Quiénes no acceden a la Tarifa Social?

• Registro de propiedad Inmueble – quedarán excluidos aquellos titulares de más de uno.
• Padrón de Automotores – quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta DIEZ (10) años de antigüedad. Este criterio no aplica a quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia.
• Embarcaciones de lujo – quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.

3. ¿Cómo me puedo dar de alta para ser beneficiario de la Tarifa Social?
Recurriendo a su Distribuidora, consultando en el Ente Provincial Eléctrico al Teléfono 148 opción 9 o desde la aplicación EPRE USUARIOS.

Consulte si Ud. es beneficiario de la Tarifa Social